Calendario de implantación:
     
        
     
  Información adaptada a la Versión 9.2 de Noviembre de 2016
                                
                                    
                                        
                                        
                                    
o  El 18 de marzo de 2014 es la fecha en la que dejan de procesarse las transferencias
                                    con los formatos nacionales tradicionales.
                                      
 
                                    o El 10 de junio de 2014 es la fecha en la que dejan de procesarse las operaciones
                                    de adeudos domiciliados conforme a las reglas y formatos nacionales tradicionales.
                                    
                                    
                                    o El 1 de febrero de 2016 dejan de utilizarse los formatos TXT para comunicación
                                    de datos de adeudos domiciliados y transferencias, a las entidades bancarias, siendo
                                    obligatorio a partir de esa fecha el uso de formato XML.
                                    
                                    o En Noviembre de 2016 entran en vigor cambios en la normativa como dejar de distinguir entre adeudos FRST/RCUR, el BIC deja de ser obligatorio en transacciones dentro del EEE, etc.